El Comité de Ética de la Investigación (CEI) es el órgano colegiado de la UOC encargado de evaluar con confidencialidad los aspectos éticos y legales de la actividad de investigación y la actividad docente en investigación que se desarrolla en la universidad.
El CEI lleva a cabo sus funciones conforme a lo establecido en el Reglamento y con sujeción a las normativas vigentes en materia de investigación científica y protección de datos personales.
Finalidad
El CEI es el órgano responsable de validar los protocolos de investigación, determinar si la evaluación es favorable o no, emitir la resolución final y custodiar la documentación generada durante el proceso. El CEI actúa de forma independiente, garantizando el anonimato y la confidencialidad de los datos personales y asegurando la imparcialidad y la equidad de sus resoluciones.
El CEI es competente para evaluar las actividades de investigación en las que existe participación y/o intervención de personas, especialmente cuando está previsto el uso de sus datos de carácter personal, así como las actividades de investigación que implican investigaciones con seres humanos y sus muestras biológicas.
La función principal del CEI es ejercer de instrumento institucional para la consecución de las finalidades anteriores, mediante la elaboración de informes que avalen el planteamiento de cualquier proyecto de investigación participado total o parcialmente por la UOC.
El CEI también atiende consultas de la comunidad universitaria sobre los temas propios de ética y protección de datos de la investigación, evalúa la investigación asociada a tesis doctorales y trabajos finales de grado o máster, y elabora directrices o recomendaciones sobre materias concretas o sobre aspectos especialmente controvertidos. A la vez, arbitra consultas y ejerce un papel de mediación ante conflictos surgidos en las actividades de investigación de la UOC.
La Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica es la unidad organizativa del CEI cuya misión es apoyar en la evaluación de los proyectos de investigación y las actividades docentes de investigación, a fin de garantizar que las metodologías empleadas se adecuan a las exigencias éticas y legales establecidas en las actividades de investigación que se desarrollan en la UOC.
Asiste al CEI como garante en las actividades que implican investigaciones con seres humanos y con muestras biológicas, y garantiza el cumplimiento del Reglamento general de protección de datos en las actividades de investigación en las que existe participación y/o intervención de personas y/o uso de sus datos de carácter personal.
Miembros
El Consejo de Dirección de la UOC nombra a las personas miembros del CEI, que tiene la siguiente composición:
- Presidencia, cargo que recae en una persona del personal docente e investigador de la UOC.
- Cuatro (4) personas, miembros del colectivo docente e investigador de la UOC, con experiencia acreditada o conocimiento experto, representativas de los ámbitos de la investigación de la universidad.
- El vicegerente o la vicegerenta de Investigación y Transferencia.
- La persona delegada de protección de datos.
- La persona responsable de la Secretaría Técnica.